SANTO DOMINGO. La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en
dos lecturas consecutivas el proyecto de amnistía fiscal, tal como lo
remitió el Senado, convirtiéndolo en Ley.
La propuesta que
declara de alta prioridad la persecución y sanción de la evasión y la
defraudación tributaria, fue aprobada con 99 votos y será enviado al
Poder Ejecutivo para su promulgación. No fue debatida por los diputados.
De
acuerdo a la ley, la administración tributaria presentará al Congreso
Nacional, en un plazo de seis meses, un ante proyecto de ley que
dinamice y fortalezca las medidas de prevención, control y sanción de
los infractores del sistema tributario.
No podrán acogerse a la
amnistía tributaria los contribuyentes que presenten deudas por
investigación de falsificación en el uso de Números de Comprobantes
Fiscales, como tampoco aquellos en investigación por falsedad en materia
aduanera.
También que el hecho de acogerse a la presente
amnistía no representa en modo alguno limitación de la responsabilidad
penal por la comisión de ilícitos penales.
El pleno acogió el
informe presentado por la comisión de Hacienda, que preside el senador
Tommy Galán y la votaron a unanimidad los 23 senadores presentes en la
sesión.
La amnistía será establecida para el pago de Impuesto
Sobre la Renta, a las Transferencias de Bienes Industrializados y
Servicios (ITBIS) y la Transferencia Inmobiliaria.
También a los
impuestos sobre sucesiones, a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), a los
activos aplicados a la propiedad inmobiliaria y a los intereses,
recargos y multas relativos a la importación de mercancías.
Se
establecen reglas para la aplicación de esta amnistía, por lo que exige
que el monto a pagar sea eximido de recargos e intereses sólo si se hace
un pago único dentro de los primeros veinte días contados a partir de
la fecha de autorización de pago emitida por la Dirección General de
Impuestos Internos (DGII).
En sentido general, los contribuyentes
que hayan presentado sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta
(ISR) y la del ITBIS hasta el año fiscal 2011, inclusive, pagarán no
menos del 0.30% adicional a la Tasa Efectiva de Tributación (TET),
promedio correspondiente a su sector económico para ese año, establece
el proyecto de ley.
Fuente Diariolibre.com
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